¿Los vehículos asignados a directivos deben incluirse en el PESV?

La propiedad del vehículo no es el único criterio. Lo determinante es su destinación y uso real.
Las empresas que cuentan con una flota superior a diez (10) vehículos automotores o no automotores, o que contratan o administran personal de conductores, deben implementar un Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV), de conformidad con el artículo 12 de la Ley 1503 de 2011, modificado por el Decreto Ley 2106 de 2019, y la Resolución 40595 de 2022.
Pero, ¿qué ocurre con los vehículos corporativos asignados a directivos como beneficio extralegal?

¿Pueden excluirse del PESV?
Sí. Es jurídicamente viable excluirlos cuando, aunque sean propiedad de la empresa, estén destinados exclusivamente al uso personal del directivo y no se encuentren puestos al servicio de la organización.
Para sustentar esta exclusión, es recomendable que la empresa pueda demostrar que los vehículos:
Son asignados como beneficio extralegal.
Se destinan exclusivamente al uso personal.
No son utilizados para visitas a clientes, reuniones, plantas, centros de distribución o desplazamientos entre sedes.
No son utilizados para viajes o diligencias laborales.
No son puestos a disposición de otros trabajadores.
No tienen asociados conductores contratados o administrados por la empresa.
La destinación real del vehículo debe quedar debidamente documentada dentro de la gestión del PESV.
¿Cuándo deben incluirse?
La exclusión debe reevaluarse si el directivo utiliza el vehículo, incluso ocasionalmente, para actividades laborales como:
visitar clientes, asistir a reuniones, desplazarse entre sedes, acudir a plantas, realizar viajes de trabajo o transportar trabajadores.
En estos casos, el vehículo puede encontrarse al servicio de la organización y deberá analizarse su incorporación al PESV.

Los controles no necesariamente deben ser idénticos a los aplicados a los vehículos operativos. Deben responder a las características y riesgos reales de sus desplazamientos e incluir, según corresponda, aspectos como mantenimiento, inspección, planificación de desplazamientos, gestión del conductor y reporte de siniestros viales.
La empresa debe contar con un inventario y clasificación de sus vehículos según su destinación real, dejando evidencia de las razones por las cuales determinados vehículos son incluidos o excluidos del PESV.
Además, es recomendable establecer un mecanismo de reevaluación que permita incorporarlos al PESV si cambia su uso.
Por: Equipo Jurídico La Sociedad de Asesores Legales
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