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Nueva regulación sobre salas amigas de lactancia.

  • Foto del escritor: Paula Andrea Loaiza Castañeda
    Paula Andrea Loaiza Castañeda
  • 9 jun
  • 1 min de lectura

De acuerdo con la Resolución 610 de 2026, las empresas privadas con un capital igual o superior a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes, así como aquellas con un capital inferior, pero cuenten con más de 50 empleadas, deberán implementar y operar las denominadas Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, bajo parámetros mínimos de funcionamiento, disponibilidad y condiciones técnicas.

 

En este sentido, la regulación exige la adopción de un sistema integral de operación de las salas de lactancia que incluya, como mínimo:

 

• Espacios privados, higiénicos y funcionalmente adecuados.

• Dotación suficiente y condiciones sanitarias apropiadas.

• Sistemas de refrigeración y conservación de leche materna.

• Protocolos documentados de limpieza, mantenimiento y operación.

• Registros de uso y controles operativos.

• Designación de responsables de administración y seguimiento.

• Procesos de capacitación y sensibilización.

• Mecanismos que garanticen acceso efectivo y oportuno a las trabajadoras lactantes.

• Soporte documental verificable ante eventuales actuaciones de inspección, vigilancia y control.

 

Así mismo, la norma señala que, dichas Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, deberán ser implementadas tanto en la sede principal, como en aquellas sedes que cuenten con más de 50 trabajadoras; y aun cuando trabajen en la modalidad de trabajo híbrido1 con el objetivo de garantizar un espacio digno, privado e higiénico para la extracción y conservación de leche materna durante la jornada laboral.

 

Por: Equipo Jurídico La Sociedad de Asesores Legales S.A.S.


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