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¿Qué empresas están obligadas a contar con un Departamento de Gestión Ambiental (DGA) en Colombia?

  • Foto del escritor: Paula Andrea Loaiza Castañeda
    Paula Andrea Loaiza Castañeda
  • hace 7 horas
  • 4 min de lectura

La gestión ambiental se ha convertido en un elemento fundamental para garantizar el desarrollo sostenible de las actividades productivas y el cumplimiento de las obligaciones legales en materia ambiental. En Colombia, la legislación ha establecido la obligación para determinadas empresas de implementar un Departamento de Gestión Ambiental (DGA), encargado de liderar y coordinar las acciones orientadas a la protección del medio ambiente.

 

El principal fundamento legal de esta obligación se encuentra en el artículo 8 de la Ley 1124 de 2007, norma mediante la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de Administrador Ambiental. Esta disposición establece que las empresas del sector industrial deben crear un Departamento de Gestión Ambiental con el propósito de velar por el cumplimiento de la normativa ambiental y contribuir a la protección efectiva del derecho fundamental a un ambiente sano.

 

La finalidad de esta exigencia es garantizar que las empresas cuenten con personal capacitado para gestionar los aspectos ambientales derivados de sus actividades, especialmente aquellas que, por su naturaleza industrial, generan mayores impactos sobre los recursos naturales y el entorno.

 

No obstante, la Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-486 de 2009, precisó que esta obligación no es aplicable a las microempresas ni a las pequeñas empresas, sino exclusivamente a las medianas y grandes empresas.

 

La implementación y funcionamiento del Departamento de Gestión Ambiental fueron reglamentados inicialmente por el Decreto 1299 de 2008. Posteriormente, esta regulación fue compilada en el Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente, específicamente en los artículos 2.2.8.11.1.1 a 2.2.8.11.1.8, que actualmente constituyen la normativa vigente sobre la materia.

 

De acuerdo con esta reglamentación, el Departamento de Gestión Ambiental es un área especializada dentro de la estructura organizacional de una empresa industrial, responsable de diseñar, coordinar y ejecutar las acciones necesarias para dirigir la gestión ambiental de la organización.

 

¿Qué es el Departamento de Gestión Ambiental (DGA)?

 

El Departamento de Gestión Ambiental es la dependencia encargada de garantizar el cumplimiento de los requisitos legales ambientales aplicables a la empresa, así como de implementar estrategias que permitan prevenir, controlar y reducir los impactos ambientales generados por sus procesos y actividades.

Entre sus principales funciones se encuentran:

 

  • Garantizar el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente.

  • Prevenir, minimizar y controlar la generación de contaminantes.

  • Promover prácticas de producción más limpia.

  • Fomentar el uso eficiente y racional de los recursos naturales.

  • Incrementar la eficiencia energética.

  • Impulsar el uso de combustibles más limpios.

  • Implementar medidas para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

  • Proteger y conservar los ecosistemas.

 

¿Qué se entiende por empresa de nivel industrial?

 

El artículo 2.2.8.11.1.2 del Decreto 1076 de 2015 establece que por "nivel industrial" se entienden aquellas actividades económicas clasificadas dentro de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de Todas las Actividades Económicas (CIIU), adoptada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE).

 

Esta clasificación permite determinar cuáles actividades económicas tienen carácter industrial y, por lo tanto, pueden estar sujetas a la obligación de contar con un DGA.

 

Ámbito de aplicación de la obligación

El artículo 2.2.8.11.1.3 del Decreto 1076 de 2015 señala que la obligación aplica a las empresas de nivel industrial cuyas actividades requieran, de acuerdo con la normativa ambiental vigente, alguno de los siguientes instrumentos o autorizaciones:

  • Licencia ambiental.

  • Plan de manejo ambiental.

  • Permisos ambientales.

  • Concesiones.

  • Cualquier otra autorización ambiental exigida por la autoridad competente.

 

Por lo tanto, no basta con que una empresa desarrolle actividades industriales; además, dichas actividades deben estar sujetas a algún tipo de control o autorización ambiental.

 

Conforme a la normativa vigente, una empresa deberá contar con un Departamento de Gestión Ambiental cuando cumpla simultáneamente las siguientes tres condiciones:

 

1. Ser una mediana o gran empresa

La empresa debe contar con más de cincuenta (50) trabajadores o poseer activos totales superiores a cinco mil (5.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, de acuerdo con los criterios establecidos en la Ley 590 de 2000.

 

2. Desarrollar actividades de carácter industrial

Las actividades económicas de la empresa deben estar clasificadas como industriales dentro de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) adoptada por el DANE, conforme a lo dispuesto en el Decreto 1076 de 2015.

 

3. Requerir autorizaciones ambientales

La empresa debe desarrollar una o varias actividades que, según la normatividad ambiental vigente, requieran licencia ambiental, plan de manejo ambiental, permisos, concesiones u otras autorizaciones otorgadas por la autoridad ambiental competente.

 

La creación del Departamento de Gestión Ambiental constituye una obligación legal para aquellas empresas medianas y grandes del sector industrial cuyas actividades estén sujetas a instrumentos de control ambiental. Más allá del cumplimiento normativo, el DGA representa una herramienta estratégica para fortalecer la sostenibilidad empresarial, gestionar adecuadamente los riesgos ambientales y contribuir a la conservación de los recursos naturales.

 

Por ello, las organizaciones deben evaluar cuidadosamente si cumplen las condiciones establecidas en la legislación colombiana y, de ser así, implementar un Departamento de Gestión Ambiental que les permita desarrollar sus actividades de manera responsable, eficiente y conforme a la normativa vigente.


Por: Equipo Jurídico La Sociedad de Asesores Legales. 


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