Estabilidad laboral reforzada por razones de salud.

La estabilidad laboral reforzada por razones de salud protege al trabajador frente a decisiones de terminación que puedan estar relacionadas con una condición médica que impida o dificulte sustancialmente el desarrollo de sus funciones.
Esta protección no surge automáticamente por tener un diagnóstico, encontrarse en tratamiento o presentar una incapacidad. Lo determinante es el impacto real de la condición de salud en el desempeño laboral, así como el conocimiento que tenga el empleador sobre dicha situación.

Para evaluar su existencia, deben analizarse, entre otros aspectos:
Incapacidades médicas y su persistencia.
Restricciones o recomendaciones médico-laborales.
Accidentes de trabajo o enfermedades de origen común o laboral.
Procesos de rehabilitación o reubicación.
Dificultades manifestadas por el trabajador para desarrollar sus funciones.
Conocimiento previo de la empresa sobre la condición médica.
Cuando la protección resulta aplicable, una terminación sin el cumplimiento de los requisitos legales puede generar ineficacia del despido, reintegro, pago de salarios y prestaciones, e indemnización especial de 180 días de salario, conforme al artículo 26 de la Ley 361 de 1997, cuando corresponda.
Por ello, antes de terminar el contrato de un trabajador con antecedentes médicos relevantes, es fundamental realizar una revisión integral de su historia laboral y médico-ocupacional, verificar si existen incapacidades, restricciones, tratamientos o procesos de rehabilitación pendientes, y establecer si la decisión cuenta con una causa objetiva, debidamente documentada y ajena a su condición de salud.
Una adecuada gestión preventiva permite reducir riesgos de demandas, reintegros y contingencias económicas para las empresas.
Por: Equipo Jurídico La Sociedad de Asesores Legales S.A.S.
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