El SGRL es el Sistema General de Riesgos Laborales, establecido en Colombia a partir del Decreto 1295 de 1994, para garantizar asistencia medica y el pago de prestaciones económicas a quienes sufran accidente de trabajo o enfermedad laboral. El SGRL forma parte del Sistema de Seguridad Social Integral que fue creado por la Ley 100 de 1993 y funciona armónicamente con el Sistema General de Pensiones (SGP), que cubre vejez e invalidez y muerte no derivada de accidente de trabajo o enfermedad laboral y con el Sistema de Seguridad Social en Salud (SSSS), que cubre las contingencias de accidentes y enfermedad no asociadas al trabajo, así como paternidad y maternidad.
El SGRL esta definido en la ley como el "conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirle con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan” y en virtud de dicho sistema, sus afiliados tienen derecho a percibir las siguientes prestaciones, una vez demuestren que han sufrido accidente de trabajo o enfermedad laboral:
1. Prestaciones asistenciales o asistencia medica consistente en:
a. Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica.
b. Servicios de hospitalización.
c. Servicio odontológico.
d. Suministro de medicamentos.
e. Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento.
f. Prótesis y ortesis, su reparación y su reposición solo en los casos de deterioro o desadaptación.
g. Rehabilitaciones física y profesional.
h. Gastos de traslado, en condiciones normales, que sean necesarios para la prestación de los servicios.
2. Prestaciones económicas, o pagos en dinero, así:
a. Subsidio por incapacidad temporal.
b. Indemnización por incapacidad permanente parcial.
c. Pensión de invalidez.
d. Pensión de sobrevivientes.
e. Auxilio funerario.
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