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¿Los trabajadores que se encuentran en LNR y vacaciones deben diligenciar el reporte de condiciones?

Por: Abogada Puala A. Ospina Perez.

 


La respuesta es, si. La Resolución 666 dicta medidas de bioseguridad generales para todos los trabajadores sin hacer ninguna excepción, incluso se extienden estas medidas a otro tipo de vinculaciones, así que si la Ley no los excluye, la Empresa tampoco puede hacerlo. Además “la no prestación del servicio” no resta la calidad de trabajador de la persona ni puede ser un factor de discriminación ni exime a las partes del cumplimiento de las demás obligaciones emanadas del contrato.


El empleador tiene la responsabilidad de capacitar a los trabajadores sobre todas las medidas adoptadas en el protocolo, así como adoptar medidas de control administrativo para la reducción de la exposición al virus.


De forma colateral, el trabajador tiene la responsabilidad de reportar al empleador cualquier caso de contagio y en su familia; y adoptar las medidas de cuidado y salud y reportar al empleador las alteraciones de su estado de salud especialmente las relacionadas con síntomas de enfermedad respiratoria y reportar coronapp. Estas obligaciones exceden la suspensión del contrato y son exigibles para ambas partes.

Como medida de prevención de contagio y manejo de situaciones de riesgo, es necesario según la Resolución que el empleador identifique y conozca las características de los trabajadores (estado de salud, edad y sexo) para asegurar la efectividad de las medidas, como la fomentación del autocuidado que exige y así se está realizando, un manejo confidencial. *NOTA: Se pueden remitir a la política de tratamientos de datos de la Empresa.



Los trabajadores que se encuentran en vacaciones o LNR como medidas temporales adoptadas por la emergencia finalizarán en algún momento y es importante que todos los trabajadores estén familiarizados, entiendan y cumplan el protocolo, y el diligenciamiento de la encuesta se puede entender como una medida de acompañamiento a los trabajadores que se encuentran en aislamiento preventivo aún cuando las medidas de bioseguridad están dirigidas principalmente a los protocolos durante el trabajo, nada impide que el empleador vaya más allá de la norma y extienda la medida para garantizar los derechos de los trabajadores y la comunidad, además porque resulta ser un aspecto de importancia y trascendencia nacional que incumbe a todos como ciudadanos.

El monitoreo permanente de la situación de salud de todos los trabajadores (sin importar su situación contractual) hace parte del proceso de vigilancia para detectar trabajadores enfermos o con síntomas para covid-19 como sistema de alerta que permita una intervención oportuna.


Aunque se pueda entender que por no estar prestando servicios en estricto sentido no aplica el protocolo, se puede entender como se mencionó como una medida extralegal que en cualquier caso es favorable para el trabajador. Además resulta ser un punto importante para la Empresa si alguno de los trabajadores en LNR o en vacaciones se contagia se desvirtúe su origen laboral.

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