¿Qué son las brigadas de emergencia?
- Paula Andrea Loaiza Castañeda
- 22 abr
- 3 Min. de lectura
De acuerdo con la normatividad, las brigadas de emergencias son una herramienta de prevención y preparación dentro del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) a cargo de los empleadores públicos o privados que se constituyen según los recursos disponibles, asegurando así que las entidades cuenten con personal preparado para actuar eficazmente en situaciones de emergencia.

En este sentido, es responsabilidad directa del empleador público o privado y del responsable del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, definir los criterios para la conformación y organización de brigadas, incluyendo la selección, capacitación, y planes de emergencia, entre otros.
Por su naturaleza, las brigadas de emergencias no son un órgano autónomo ni autárquico; su conformación, estructura y funcionamiento dependen directamente de la administración de la entidad y del responsable del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), quien tiene a su cargo, además:
• Definir la convocatoria de brigadistas, con base en el análisis de riesgos y las necesidades de la organización.
• Seleccionar a los integrantes, garantizando su idoneidad y representatividad.
• Coordinar su capacitación y supervisión, asegurando el mantenimiento de las competencias requeridas.
Así mismo, los empleadores tienen la obligación de apoyar la gestión de la brigada de emergencia implementando y manteniendo las disposiciones necesarias en materia de prevención, preparación y respuesta ante emergencias, conforme lo dispone el artículo 2.2.4.6.25 del Decreto 1072 de 2015.

“ARTÍCULO 2.2.4.6.25. Prevención, preparación y respuesta ante emergencias. El empleador o contratante debe implementar y mantener las disposiciones necesarias en materia de prevención, preparación y respuesta ante emergencias, con cobertura a todos los centros y turnos de trabajo y todos los trabajadores, independiente de su forma de contratación o vinculación, incluidos contratistas y subcontratistas, así como proveedores y visitantes.
Para ello debe implementar un plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias que considere como mínimo, los siguientes aspectos:
1. Identificar sistemáticamente todas las amenazas que puedan afectar a la empresa;
2. Identificar los recursos disponibles, incluyendo las medidas de prevención y control existentes al interior de la empresa para prevención, preparación y respuesta ante emergencias, así como las capacidades existentes en las redes institucionales y de ayuda mutua;
3. Analizar la vulnerabilidad de la empresa frente a las amenazas identificadas, considerando las medidas de prevención y control existentes;
4. Valorar y evaluar los riesgos considerando el número de trabajadores expuestos, los bienes y servicios de la empresa;
5. Diseñar e implementar los procedimientos para prevenir y controlar las amenazas priorizadas o minimizar el impacto de las no prioritarias;
6. Formular el plan de emergencia para responder ante la inminencia u ocurrencia de eventos potencialmente desastrosos;
7. Asignar los recursos necesarios para diseñar e implementar los programas, procedimientos o acciones necesarias, para prevenir y controlar las amenazas prioritarias o minimizar el impacto de las no prioritarias;
8. Implementar las acciones factibles, para reducir la vulnerabilidad de la empresa frente a estas amenazas que incluye entre otros, la definición de planos de instalaciones y rutas de evacuación;
9. Informar, capacitar y entrenar incluyendo a todos los trabajadores, para que estén en capacidad de actuar y proteger su salud e integridad, ante una emergencia real o potencial;
10. Realizar simulacros como mínimo una (1) vez al año con la participación de todos los trabajadores;
11. Conformar, capacitar, entrenar y dotar la brigada de emergencias, acorde con su nivel de riesgo y los recursos disponibles, que incluya la atención de primeros auxilios;
12. Inspeccionar con la periodicidad que sea definida en el SG-SST, todos los equipos relacionados con la prevención y atención de emergencias incluyendo sistemas de alerta, señalización y alarma, con el fin de garantizar su disponibilidad y buen funcionamiento; y
13. Desarrollar programas o planes de ayuda mutua ante amenazas de interés común, identificando los recursos para la prevención, preparación y respuesta ante emergencias en el entorno de la empresa y articulándose con los planes que para el mismo propósito puedan existir en la zona donde se ubica la empresa.”
Por: Equipo Jurídico La Sociedad de Asesores Legales S.A.S.
Brindamos asesoría legal en esta materia, conozca como podemos ayudarlo aquí: https://www.legalsas.com/servicios-que-ofrecemos
Contáctanos por WhatsApp por aquí: https://api.whatsapp.com/send?phone=+573152866456&text=Hola%20estoy%20interesado%20en%20su%20asesoría%20legal
Comentários