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DEL ACOSO LABORAL SUFRIDO POR UNA FUNCIONARIA, ATRIBUIBLE AL JUEZ DEL DESPACHO.


Hace poco la Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura, se pronunció decidiendo el recurso de apelación interpuesto por una funcionaria de un juzgado laboral de Bogotá, en contra del auto que decidió inhibirse de iniciar las actuaciones disciplinarias correspondientes en contra en la juez laboral del mismo juzgado en donde trabaja la quejosa.

El caso inicio por la queja de la funcionaria, ante la secretaria del comité de convivencia laboral de la Dirección Ejecutiva Seccional De Administración De Justicia De Bogotá, sobre el acoso laboral proporcionado por su superior durante mas de 4 años de servicio.

La funcionaria se quejó de los malos tratos sufridos por ella, de parte de todo el equipo de trabajo del juzgado y en especial de la jueza del despacho, pues desde que inició en el año 2007 a laborar en el juzgado como escribiente, relata, ha sido víctima de múltiples agresiones físicas, psicológicas y verbales, tendientes a menoscabar su autoestima y su salud.

Fue tanto el desespero de la funcionaria que llevó su caso a la ARL , quienes atendieron su caso y la ingresaron al programa “Consciente” para el manejo del riesgo psicosocial, sin embargo debió abandonarlo por múltiples burlas y ofensas de sus compañeros derivados de a visita de una psicóloga, adicional a las múltiples aseveraciones negativas que tanto la juez como los compañeros de trabajo realizaban de su trabajo, aún siendo ella, profesional en derecho.


Los hechos no terminan allí, pues la funcionaria aún con la excesiva carga de trabajo que le atribuían, se desempeñó siempre lo mejor que pudo; el 25 de enero de 2016, solicitó una certificación de funciones para efectos de calificación por una patología que empezó a desarrollar después de una caída en las instalaciones del juzgado provocándole, vértigo, dolores de cabeza, adormecimiento, dolor en las manos, dificultad para caminar, lo que fue caldo de cultivo para burlas y comentarios malintencionados por parte de sus compañeros de trabajo, quienes afirmaban que se hacia la enferma y que estaba defraudando al sistema.

No obstante, a pesar de las múltiples solicitudes elevadas a la jueza para que pusiera en conocimiento de la oficina de recursos humanos su caso y estado de salud a fin de que ellos realizaran su seguimiento, la juez decidió no tomar en cuenta esas solicitudes y por el contrario poner en duda su condición de salud, el desempeño de sus funciones, calidad profesional y sus creencias religiosas.

La funcionaria elevó todas las peticiones a su alcance para evitar perjuicios mayores, denuncias penales ante la fiscalía, solicitar auditoria de servicios y equipos, pues se le perdían sus objetos personales, conversaciones por WhatsApp y grabaciones del celular, e incluso procesos disciplinarios ante la Procuraduría General de la Nación, así fue como finalmente resolvió presentar una queja formal ante el Consejo Superior de la Judicatura, quien en decisión del 18 de febrero de 2018, decidió inhibirse de estudiar el caso , pues con las pruebas allegadas en el escrito de queja, consideró no se constituía acoso laboral por parte de la juez del despacho.

Esta decisión fue apelada por la funcionaria y por ello se ordenó que se continuara con la investigación, pues es deber de los órganos judiciales, practicar las pruebas y recaudar por todos los medios posibles, la comprobación de los cargos argumentados por a la quejosa, antes de inhibirse a adelantar las actuaciones disciplinarias correspondientes.


Conozca la sentencia aquí:


Sentencia 110011102000 201707131 01 CS d
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