La Resolución 4272 de 2021 establece los requisitos mínimos de seguridad para el desarrollo de trabajo en alturas, recogiendo entre otras, la normatividad existente en materia de programa de prevención y protección contra caídas, y de los procesos de capacitación y entrenamiento relacionados.
De acuerdo con los parámetros establecidos en el artículo 9 de la Resolución 4272 de 2021, “todos los trabajadores que laboren en las condiciones de riesgo de trabajo en alturas deben tener su respectivo certificado de capacitación y entrenamiento para trabajo en alturas certificación de la competencia laboral…”
En este mismo sentido el artículo 10 de la citada norma establece los roles que se deben capacitar y entrenar en trabajo en alturas, y su tiempo de duración así:
Como se puede apreciar, la norma establece un mínimo de horas de capacitación y entrenamiento por rol, por lo que es válido considerar que un número mayor de horas de un rol superior sirve para validar un nivel de inferior duración; es decir, que las formaciones de un coordinador de alturas y un trabajador autorizado pueden convalidar la de jefe de área. Esto adicionalmente se extrae de la interpretación por analogía de los parágrafos 2 y 3 del artículo 10 de la Resolución 4272 que consagran específicamente la validez de la formación de mayor duración para niveles de menor duración, así: Parágrafo 2. La capacitación y entrenamiento de nivel coordinador permite cubrir los requisitos iniciales de capacitación y entrenamiento para realizar tareas del nivel de trabajador autorizado, por lo tanto, para continuar desempeñándose como persona autorizada deberá cumplir los reentrenamientos en las periodicidades y situaciones contempladas en la presente resolución.
3. Cuando una persona de nivel entrenador, en cumplimiento de actividades distintas al entrenamiento de trabajo en alturas, deba ejercer los roles de trabajador autorizado o coordinador de trabajo en alturas se entenderá que su nivel de formación le permite cubrir estos roles, por lo tanto, para continuar desempeñándose como persona autorizada deberá cumplir los reentrenamientos en las periodicidades y situaciones contempladas en la presente resolución.
Por: Dra. Luisa Fernanda Prada.
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